dimarts, 23 de febrer del 2010

A mi m'havien dit que els terrenys de la base eren del Sgt. Palau!! A vosaltres no?


Imagen de 2005 del Aeropuerto de Reus con la base militar todavía de pie al fondo. - PERE FERRÉ.

Al Estado le costaron sólo 2,5 millones de pesetas los terrenos del Aeropuerto.
Las indemnizaciones saldrían de restar la cantidad actualizada con del IPC hasta 1999del precio que valdrían hoy día los terrenos.
El Diari publicó ayer una sentencia del Tribunal Supremo en la que fallaba en contra del Estado obligándolo a revertir las expropiaciones forzosas que en su día realizó para levantar la base militar de Reus. Unas expropiaciones de unos terrenos de más de 300 hectáreas de superficie de los municipios de Reus y Constantí que se llevaron a cabo en los años 1940 y 1952 –en el 1977 tuvo lugar alguna más–.
Por aquel entonces, el Estado pagó aproximadamente cerca de dos millones y medio de pesetas, (15.000 euros), por todos los terrenos en los que ahora se encuentra el Aeropuerto de Reus. A grandes rasgos, los cálculos efectuados con la información a la que ha tenido acceso este periódico hablan de un precio por hectárea de entre 6.000 y 9.000 pesetas.
Ahora bien, a pesar del sorprendente falló del Tribunal Supremo, el abogado que ha llevado el caso desde hace 11 años, Alfred Ventosa, explicaba que a nadie se le puede pasar por la cabeza que se quiera desmantelar el aeropuerto «por las características de un equipamiento de interés público y materialmente imposible por sus consecuencias en el territorio». Además, según contaba, en estos casos la ley de Expropiación Forzosa prevé que en caso de no poder devolver los terrenos a los propietarios puedan ser indemnizados.
Llegados a este punto, una de las preguntas que surgen con más interés es: ¿Cuánto podrían valer los terrenos en la actualidad? Una de las fórmulas para mirar de lograr una respuesta sería mediante un cálculo que el abogado del bufete Josep Yxart de Moragas explicaba que se ha llevado a cabo en algún caso. El punto de partida sería el precio de las expropiaciones en los años 1940 y 1952 a las que se deberían actualizar el IPC, en pesetas, hasta el 1999.
Después sería necesario la intervención de un perito para tasar los terrenos hoy en día bajo criterios expropiatorios. Sería la resta entre los dos campos lo que daría el resultado final. Hay que tener en cuenta que en el proceso se encuentran hasta 101 demandantes.
El año 1999 es clave en todo el proceso porque fue cuando el Ministerio de Defensa desafectó el aeródromo de Reus para desmontar la base y cambiar el uso de militar a civil. «El objetivo de las expropiaciones fue para destinarlas a un aeródromo militar para la defensa nacional. No se efectuaron para ser un Aeropuerto ni civil ni militar, sino para el interés nacional de la época», añadía el propio abogado.
Indemnizaciones en la C-14
Aunque no resulte nada comparable, en los últimos tiempos se han realizado varias intervenciones en equipamientos como el AVE o la autovía C-14 entre Reus y Alcover. En este último caso se ha vivido una gran polémica entre los payeses de la zona por el precio de las expropiaciones. Las indemnizaciones que en su día tazó el Jurado de Expropiación fueron de entre 7,5 y 8 euros por metro cuadrado.
Por otra parte, el subdelegado del Gobierno en Catalunya, Joan Rangel, estuvo ayer de visita en la demarcación de Tarragona y respondió al fallo emitido este mes por parte del Tribunal Supremo asegurando que «el tema está dentro del marco judicial y debe estudiarse y una vez estudiado se actuará con consecuencia».

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El Estado debe retornar los terrenos del Aeropuerto a sus antiguos dueños

Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a revertir las expropiaciones que en su día se ejecutaron para instalar la base militar. Se trata de más de 300 hectáreas entre Reus y Constantí
«La Justicia es lenta pero en ocasiones da buenos resultados». Así se manifestaba ayer uno de los 101 demandantes tras conocer el fallo del Tribunal Supremo en un proceso irrepetible por sus características, que motivó la modificación de una ley y que se ha alargado 11 años. Ésta es la parte final de una historia iniciada en 1940 y que este mismo mes ha vivido su principal capítulo con una sentencia judicial que obliga al Estado a retornar los terrenos del Aeropuerto de Reus a sus antiguos propietarios.
Declaramos el derecho de los recurrentes a la reversión de los terrenos expropiados para la construcción del aeródromo militar de Reus. Las frases están extraídas del fallo del Tribunal Supremo ante el recurso de casación presentado por los demandantes a una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya al que ha tenido acceso el Diari. La sentencia, por sorprendente que parezca, cogida por el sentido estrictamente literal supondría el cierre del Aeropuerto de Reus.
Un hecho que Alfred Ventosa, abogado del bufete Josep Yxart de Moragas y que ha llevado el caso desde el inicio, aseguraba que es inviable por «las características de un equipamiento de interés público y materialmente imposible por con sus consecuencias en el territorio». Además, según contaba, de esta forma lo prevé la ley de Expropiación Forzosa que, en caso de no poder revertir los terrenos, «prevé un proceso en el que los propietarios puedan ser indemnizados».
Las indemnizaciones
Y en este punto se encuentran ahora los demandantes, la mayoría de Reus y Constantí, que esperarán a que el Ministerio de Fomento ejecute la sentencia durante los dos próximos meses. Aquí es donde Ventosa estaba convencido de que no se llevará a cabo porque el Estado alegará al Tribunal Supremo su imposibilidad «por el bien del interés público». Entonces es cuando empezará un nuevo proceso para pactar las cuantías de las expropiaciones a sus antiguos dueños, su única intención. Los cálculos hablan de más de 300 hectáreas expropiadas que se realizaron en 1940 y 1952 y que se llevaron a cabo por un precio que osciló entre las 6.000 y 9.000 pesetas por hectárea.
«Hacía muchos años que estábamos pendientes y nunca había quedado en el olvido. La noticia es satisfactoria porque reconoce que hubo una expropiación militar que después dejó de existir». Ramón Adserà es uno de los demandantes que lleva desde el inicio en el proceso y recuerda cómo la madre de su mujer vivía en la masía que le expropiaron. En total eran 24 hectáreas que, según recuerda, le supusieron unas 100.000 pesetas. «Queremos que nos paguen como es debido las expropiaciones forzosas y no interferir en nada en el Aeropuerto». Francesc Roig habla de unos terrenos que su familia utilizaba para la explotación agrícola de avellanas cuando era pequeño.
Roig, al igual que Adserà, ponía especial énfasis en que la expropiación se realizó para la creación de la base militar y que, cuando ésta se reconvirtió a uso civil, «todo continuó tal y como estaba y no se hizo nada para hacer las cosas bien». Precisamente, el cambio de uso ha sido la baza fundamental para lograr el fallo a favor del Tribunal Supremo. «El objeto de las expropiaciones fue para destinarlas a un aeródromo militar para la defensa nacional. No se efectuaron para ser un Aeropuerto ni civil ni militar, sino para el interés nacional de la época», precisaba el abogado.
1940-1952
Las expropiaciones se realizaron en dos fases bien diferenciadas. La primera fue en 1940 para la instalación de la base militar, mientras que en 1952 se ampliaron para realizar mejoras en las pistas de aterrizaje. Sobre los años 70, según indicaba Ventosa, el aeródromo de la capital del Baix Camp empezó a tener, de forma casi anecdótica, un uso civil -en 1977 tuvo lugar alguna expropiación más-.
Pero la fecha más trascendental fue cuando en 1999, el Ministerio de defensa desafecta el aeródromo de Reus para desmontar la base para que fuera destinada a un uso civil, siendo Aena la encargada de gestionarlos. Fue en este momento, cuando los ciudadanos que habían padecido la expropiación forzosa se movilizaron para poder recuperar los terrenos. «En época de guerra era normal que todos perdiéramos. Pero cuando pasó nosotros pedimos lo que antes era nuestro», exponía Màxim Blasco Font de Rubinat quien señalaba que el fallo «jurídicamente tiene mucha coherencia».
Cambio de normativa
Y aquí es donde el proceso que iniciaron obligó a modificar la normativa del momento. Según relataba el propio Alfred Ventosa, «el artículo 54 de la ley de Expropiación forzosa vigente en la época era muy clara y taxativa y no permitía interpretaciones sobre el cambio de uso de militar a civil. Al cambiar de uso, por mucho que fuera un aeropuerto, los propietarios tenían derecho a la reversión de los terrenos».
A partir de aquí, en junio de 1999, es cuando se mandan las primeras solicitudes a la Subdelega.

Font i foto: Diari de Tarragona.